¿Conoces el acto de vender nuda propiedad con usufructo vitalicio? Siempre ha sido curiosa la posición del dueño de una propiedad. A primera vista, uno podría decir que portar este título realmente no implica mucho más que poseer algo, pero esto sería un fatal error. Después de todo, legalmente hablando, “poseer” una propiedad es sinónimo de poseer ciertos derechos sobre ella, los cuales tal como se dio a notar, son más de uno.
Curioso hecho que da pie a las siguientes preguntas: ¿Qué pasaría si el propietario dejará de poseer alguno de estos derechos? ¿Esto es acaso siquiera posible? La respuesta corta es sí. En cambio, la respuesta más justificada, la encontrarás en la siguiente explicación sobre propiedades y derechos.
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¿Qué significa nuda propiedad y usufructo vitalicio?
Ambos términos están atados al concepto de pleno dominio. Representan los derechos fundamentales que se deben poseer para poder ser dueño de la totalidad del bien o propiedad en cuestión.
Nuda propiedad
La nuda propiedad se define como el derecho a poseer legalmente el bien, mientras que el nudo usufructo representa el derecho a darle un uso y de disfrutar del mismo. En otras palabras, la nuda propiedad representa el tener la titularidad de un bien. No obstante, no conlleva el goce o posesión física del mismo, ya que estos factores, pasarían a ser parte del derecho de usufructo.
Tal como se dijo con anterioridad, es más que posible vender nuda propiedad con usufructo vitalicio o dejar de poseer uno de estos derechos. En realidad, es bastante común de ver, sobre todo cuando se trata de herencias.
- Ejemplo: Supongamos que un causante ya fallecido, dejó atrás a un hijo y también a un viudo o viuda. En su testamento, dejó en claro que la titularidad de su propiedad deberá pertenecer a su hijo, pero este al ver que la pareja viuda sigue viviendo ahí, decide cederle el derecho a permanecer en la propiedad. En otras palabras, el hijo sería el nudo propietario de la vivienda en cuestión, mientras que la pareja viuda sería el usufructuario de la misma.
Usufructo vitalicio
Entonces, ¿qué es un usufructo vitalicio? Si nos mantenemos en el ejemplo antes comentado para beneficio de la explicación, pero esta vez nos centramos en la perspectiva de la pareja viuda, podemos apreciar que el hijo del fallecido le cedió el derecho de usufructo de por vida. Entonces, la pareja viuda es ahora poseedora de un usufructo de carácter vitalicio. En otras palabras, la palabra “vitalicia” hace referencia a aquel derecho de usufructo cuyo único límite de caducidad sería la muerte del poseedor.
¿Por qué vender la nuda propiedad con usufructo vitalicio?
Tal como se explicó con anterioridad, las circunstancias en donde más comúnmente se ve que ocurre esta división de derechos son en las relacionadas con la herencia. No obstante, para nada representan el único escenario en el que esta medida legal tiene cabida como posible solución.
Muchas más veces, de hecho, esta división es promovida por el dueño original de ambos derechos que, por falta de dinero o en su búsqueda por generar ingresos, decide vender la nuda propiedad con usufructo vitalicio.
Beneficio de vender la nuda propiedad
Esto sería beneficioso para ambas partes. El comprador de la nuda propiedad, al no estar adquiriendo ambos derechos, disfrutaría de un menor precio de compra y de la posibilidad de adquirir el derecho faltante en un futuro. Mientras que el propietario original no solo podría seguir usando la vivienda, sino que además, ya no sería responsable de ciertas obligaciones legales que tengan relación con poseer la titularidad del bien.
Claro está, esta decisión no se puede tomar si se planea dejar la propiedad en cuestión como parte de una herencia. Básicamente, es una venta adelantada. En este caso hipotético, el propietario original, dejará de poseer ambos derechos al momento de su muerte. Por ende, perderá todo control sobre lo que pase con la vivienda desde ese momento.
Consideraciones al vender la nuda propiedad y mantener el nudo vitalicio
Es importante entender que existe una relación directa entre la edad del propietario original y el precio de venta de la nuda propiedad. Después de todo, lo atractivo de este tipo de negocio para el comprador, es que se está asegurando a sí mismo la futura adquisición de una propiedad, a un precio bastante bajo. Pero con la única condición de que deberá esperar a que el usufructuario fallezca para poder disfrutar del bien.
Por ende, la esperanza de vida del propietario original representa el tiempo que deberá esperar el nudo propietario para poder disfrutar del bien. Mientras mayor sea el tiempo que deba esperar el comprador para disfrutar de la propiedad, menor será la suma que estará dispuesto a pagar. Y, mientras menor sea el tiempo que deba esperar el comprador para disfrutar de la propiedad, mayor será la suma.
Aunque claro, eso depende del trato que se pacte y de las condiciones que conlleve.
¿Cómo vender la nuda propiedad y el usufructo vitalicio?
Esta clase de transacciones tienen que ser acordadas entre el propietario original y el comprador. No hay una regla fija para vender nuda propiedad con usufructo vitalicio. Bastará con que ambos deliberen la situación y hagan un trato que los beneficie. Los mecanismos de pago que se pueden utilizar son los siguientes:
- Pago único: El comprador abona el precio requerido en un solo pago tras finalizar el acuerdo.
- Renta: El comprador va pagando el precio acordado periódicamente. Puede ser cada día, cada mes o cada año. El tiempo en que se realicen los pagos debe ser acordado por las partes involucradas.
- Renta temporal: El comprador va pagando el precio acordado periódicamente, pero en el momento en que finalice, se adueña del usufructo.
- Renta vitalicia: El comprador pagará una suma de dinero acordada periódicamente hasta que el propietario original fallezca y el nudo usufructo, finalmente, pase a ser de su propiedad. Este tipo de método de pago casi nunca es utilizado, después de todo, pocos son los casos en los que se sabe exactamente cuánto vivirá una persona y por ende, por cuanto tiempo se le pagará.