La condición legal en la que los hermanos, después de recibir una herencia, comparten un bien, es conocida como comunidad de bienes entre hermanos. Para conocer más detalles sobre este tipo de condición y cómo pueden disfrutar de una misma propiedad varias personas, sigue leyendo atentamente el siguiente post donde hemos recopilado toda la información de gran interés.
Contenidos
¿Qué es una comunidad de bienes entre hermanos?
Partiendo del concepto donde una comunidad de bienes es la situación legal en la que una propiedad o derecho le pertenece a varias personas. Entonces, se puede entender que una comunidad de bienes entre hermanos es cuando, estos son dueños o propietarios de un bien común. Por lo general, esto ocurre en una comunidad hereditaria, que se da una vez que se acepta la herencia hasta que esta es repartida. Cada hermano asume la titularidad de la parte o porcentaje que le corresponde.
La comunidad hereditaria no es una situación indefinida, todo lo contrario es transitoria. Su inicio es desde el momento en que los padres fallecen y quedan los hermanos como dueños de la propiedad y derechos que han sido otorgados por herencia. Y culmina con la partición y adjudicación de la propiedad en concreto a cada heredero.
Constitución de una comunidad de bienes entre hermanos
Una comunidad de bienes entre hermanos, será necesario constituirla al momento de realizar alguna operación legal con el bien que se tenga en común. Pudiera ser el caso de que sea una vivienda y se decida alquilarlo, en vista de que la propiedad es compartida como una comunidad hereditaria, lo más aconsejable es registrarla como escritura pública. De esta forma, ante el arrendador, la propiedad tendrá una sola entidad o figura y no todos los hermanos o herederos.
También es recomendable desde el punto de vista fiscal. Como comunidad de bienes, se podrá facturar el IVA solo si la propiedad arrendada se utilizara con el objetivo distinto a una vivienda. Por eso, las ganancias serán computadas en la renta de cada miembro según el porcentaje que corresponda a cada uno. Para la constitución de una comunidad de bienes, los herederos deberán escoger un nombre para la comunidad. Además, indicar qué tipo de bien comparten y el número de participantes.
Terminación de una comunidad de bienes entre hermanos
Los derechos y bienes heredados de todos los hermanos se dan en partes iguales, y conforman un todo. Es decir, que les pertenece de igual forma a todos los herederos hasta el momento en que se realice la debida y conforme separación de la herencia. En dicha transacción, se adjudicarán las porciones a cada heredero de manera que se termine con la comunidad de bienes entre hermanos.
- Disipación: Se entiende que la comunidad de bienes entre hermanos desaparece cuando el bien en común es vendido y el monto obtenido por la venta es repartido en partes iguales según el porcentaje que le corresponda a cada uno.
- Renuncia: Los trámites generados por una herencia suelen causar fricción entre los familiares y esto en ocasiones puede generar que los herederos no logren llegar a acuerdos por encontrarse en distinto lugar o por razones personales. Se tendrá que dar fin a la comunidad de bienes, incluso antes de poder vender el bien o de hacer la repartición oficial.
Extinción de una comunidad de bienes
Esta es la alternativa más práctica y con la que se evitará problemas entre las partes, se conoce como la extinción de condominio. Consiste en que uno o varios de los herederos nombren o le cedan la propiedad a uno de los herederos. Dependiendo de las condiciones establecidas entre las partes, puede que exista alguna contraprestación económica por el costo que tiene su parte otorgada.
Lo más propio sería entregar un tipo de reconocimiento económico por la transacción, aunque debido a la naturaleza del trato puede que no sea obligatorio. Cuando no se entrega algún tipo de beneficio económico se puede dar una mala interpretación de una donación encubierta, lo cual alertará a Hacienda. Cabe destacar que la disolución o extinción de la comunidad de bienes entre hermanos es un trámite avalado y regulado por el Código Civil dando a entender que es una práctica común.